A partir del año que viene las aseguradoras tendrán que ponerle ciertos requisitos a sus clientes para realizar o renovar las pólizas.
El año 2023 ya está llegando a su fin y por lo tanto varios sectores (ya sean productivos o de servicio) están redefiniendo las condiciones para operar durante el 2024. Las aseguradoras de vehículos forman parte de estos rubros que están tomando medidas de cara al año que viene. En ese sentido, vale destacar que el panorama cambiará radicalmente tras una decisión comunicada por la Superintendencia de Seguros de la Nación a través del Boletín Oficial.
Según indica la Resolución 534/2023 en su artículo 3, a partir del 17 de enero de 2024 las entidades aseguradoras “deberán exigir el cumplimiento de la revisión técnica obligatoria o que el vehículo esté en condiciones reglamentarias de seguridad si aquélla no se ha realizado en el año previo”.
Dicho de otra manera, los vehículos que no posean RTO o VTV no podrán ser asegurados por estas empresas. Vale destacar que si bien las pólizas cumplían con este requisito, el mismo salía a la luz luego de un siniestro y por ende, perjudicaba al cliente, que no estaba al tanto de esta legislación.
Edgardo Juchniuk remarcó la importancia de la medida: “Con la obligatoriedad de la RTO estamos protegiendo, en cierto sentido, lesiones o pérdidas de vida”, señaló.
Otro de los aspectos que va a cambiar son los límites de Responsabilidad Civil. Los nuevos precios de las sumas aseguradas son los siguientes:
Automotores, camionetas, motovehículos, casas rodantes y bicicletas con motor
- Límite actual: $39.000.000
- Nuevo Límite: $80.000.000
Taxis, remises, camiones y semis, acoplados, servicios de urgencia y fuerzas de seguridad
- Límite actual: $50.000.000
- Nuevo Límite: $175.000.000
Transporte de pasajeros
- Límite actual: $127.000.000
- Franquicia: $645.000
- Nuevo Límite: $260.000.000
- Franquicia: $1.300.000