Impuesto Automotor e Inmobiliario: Lanzan planes de pago de deudas hasta en 60 cuotas

La medida se comunicó este lunes mediante una resolución en Boletín Oficial.

Fue durante este día lunes, mediante un comunicado del Boletín Oficial, precisamente en la resolución Nº42 de ATM que la Administración Tributaria de Mendoza lanzó un régimen de Facilidades para el pago del Impuesto Automotor y del Impuesto Inmobiliario, en ambos casos de hasta 60 cuotas con una tasa de interés del 4,5% mensual sobre saldos.

Cabe mencionar que el plan de regularización también comprende a otras deudas tributarias, a los créditos por deudas no tributarias y los correspondientes a los agentes de retención y/o percepción de impuestos. Además, la cantidad de cuotas dependerá del tipo de deuda y su fecha de vencimiento

Los planes de financiación serán de hasta 60 cuotas para deudas vencidas hasta el 31 de diciembre del año pasado; y de hasta 12 cuotas para deudas vencidas en el presente ejercicio.

¿Qué deudas se contemplan dentro de este régimen?

a) Exteriorizadas o no.
b) Provenientes de liquidaciones o determinaciones de tributos.
c) Por Retenciones y percepciones, sean que hubiesen o no sido practicadas.
d) Anticipos, cuotas o pagos a cuenta.
e) Por obligaciones comprendidas en procesos concursales o quiebras previstos en la Ley Nº 24.522 y modificatorias y por los concursos regulados de la Ley Nº 9001.
f) Por gastos causídicos (Tasa de Justicia, Aporte a la Caja Forense, Derecho Fijo y demás gastos que se generan como consecuencia del juicio de apremio) juntamente con los débitos adeudados a la Administración Tributaria Mendoza, conforme a las disposiciones de la Ley N.º 6306.

En el caso de deudas vencidas en el ejercicio corriente, los planes podrán ser de hasta 12 cuotas “para recursos tributarios y no tributarios, excepto Impuesto Inmobiliario y a los Automotores”; y de hasta 6 cuotas para esos dos impuestos.

Si la deuda está vencida o se vence en el mes de solicitud del plan, podrá ser de hasta 6 cuotas. Pero esta opción solo se otorgará respecto al Impuesto de Sellos y Tasa de Justicia, incluidos los intereses y multas que correspondan.

El trámite puede hacerse en su totalidad en la página web de ATM o de manera presencial en las oficinas de avenida Peltier.

En tanto que también se prevé un plan de hasta 3 cuotas para las deudas por retenciones y/o percepciones que hayan sido practicadas o no, incluidos los intereses y multas que correspondan.

Los intereses van del 2,5% al 6% mensual

El artículo 11 de la resolución especifica las diferentes tasas de interés, según el plan de pago acordado:

a) Para los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sellos y otros conceptos:

Hasta dieciocho (18) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, un interés del tres por ciento (3%) mensual, sobre saldos. Hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, un interés del cuatro con cincuenta por ciento (4,50%) mensual, sobre saldos. Hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, un interés del seis por ciento (6%) mensual, sobre saldos. b) Para los Impuestos Inmobiliario y Automotor:

Hasta dieciocho (18) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, un interés del dos con cincuenta por ciento (2,5%) mensual, sobre saldos. Hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, un interés del tres con cincuenta por ciento (3,50%) mensual, sobre saldos. Hasta sesenta (60) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, un interés del cuatro con cincuenta (4,50%) mensual, sobre saldos. 

¿Cómo lo realizo?

a) A través de la oficina virtual de la Administración Tributaria Mendoza – www.atm.mendoza.gov.ar. o la página web de la Administración Tributaria Mendoza – www.atm.mendoza.gov.ar
b) A través de su solicitud por la aplicación “Mis Trámites” aprobada por Resolución General A.T.M. N.º 15/2020.
c) En forma presencial en las oficinas habilitadas a tal efecto por la Administración Tributaria Mendoza.

Los pagos podrán realizarse a través de entidades recaudadoras, pago con tarjeta de débito o crédito, pago con QR, en los lugares habilitados, etc; o por el sistema de débito directo en cuenta bancaria, CBU o tarjeta de crédito.

Es importante destacar que las cuotas no podrán ser de menos de $1.000

En este sentido, deberán tener en cuenta que el valor de las cuotas mensuales de las facilidades de pago que se otorguen no podrán ser inferior a:

a) Impuesto Inmobiliario, a los Automotores y conceptos de otras reparticiones: $1.000
b) Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Sellos y otros: $2.000
c) Agentes de Retención y/o percepción: $10.000
d) En el caso de las costas y honorarios, conforme a las disposiciones de la Ley N.º 6306, el monto no podrá ser inferior a $1.000

¿Cómo obtengo un descuento en el pago de mis deudas?

El artículo 16 de la norma establece: 

“Cuando se efectúe el pago al contado de las deudas de Impuesto Inmobiliario y a los Automotores vencidas al 31 de diciembre del año anterior, se efectuará una reducción del 10% de los intereses resarcitorios de la misma calculados a la fecha de pago.”

A tales efectos, para acceder a dicho beneficio, el objeto deberá tener cancelada la totalidad de impuesto anual o regularizada las cuotas vencidas si no se hubiera cancelado el impuesto anual, correspondiente al ejercicio en que realice la concertación del pago único.

Por otra parte, el artículo 17 indica:

“Cuando se efectúe el pago al contado de las deudas de Impuesto Inmobiliario y a los Automotores vencidas con posterioridad al 31/12/2019, se efectuará una reducción del 25% de los intereses resarcitorios de la misma calculados a la fecha de pago”.

Para poder acceder, “el sujeto deberá tener canceladas al 31/12/2019 las deudas que por todo concepto haya generado con la Administración Tributaria Mendoza”.