Los turnos y expedientes están virtualmente congelados porque aún no reabrieron las oficinas de atención. Dificultades para avanzar por la vía digital.
La Jueza Silvia G. Saino, del Juzgado N° 9 de la Seguridad Social, ordenó por vía cautelar a la ANSeS a que arbitre los medios a fin de dar inicio en el plazo de 10 días hábiles a la solicitud de jubilación de Mirta Esther González, que su abogado no pudo iniciar porque las delegaciones o UDAI del organismo previsional estaban cerradas por la cuarentena.
González tenía turno para iniciar el trámite el 20 de marzo, pero por las medidas de aislamiento social quedó suspendido y reprogramado en varias oportunidades hasta que finalmente quedó anulado.
En el reclamo judicial, González sostuvo que al no poder jubilarse, carecía de ingresos, no tenía cobertura médica y no podía acceder a los medicamentos gratuitos.
En la ANSeS sostienen que desde este lunes tanto el trámite de jubilación o de pensión como el otorgamiento de poderes se puede hacer en forma virtual y que, si bien no se notificaron de la cautelar, consideran que la situación estaría superada.
En cambio el abogado de González, Adrián Frascino le dijo a este diario “que los trámites virtuales tienen una gran complejidad para los futuros jubilados, obliga a escanear documentación, lo que deja a las personas sin capacidad técnica fuera del sistema”.
Y además señaló que “el sistema de atención virtual no permite iniciar retiros transitorios por invalidez ni jubilaciones cuyos trabajadores hayan desempeñado tareas insalubres. También hay problemas con las pensiones por la complejidad en el caso de parejas que no están casadas legalmente”. Y con los trámites para obtener los poderes hay dificultades porque el futuro jubilado debe esperar que un funcionario concurra a su casa a legalizar el poder, y luego también el apoderado – que no es personal esencial- retire por el domicilio el poder.
En los fundamentos de la cautelar, la jueza sostiene que “la suspensión del turno en sucesivas ocasiones, la prolongación de la cuarentena dispuesta por las autoridades, y la naturaleza de la prestación a solicitar, de neto carácter alimentario, así como la incapacidad de la peticionante (acreditada mediante el pertinente certificado) que se encuentra privada de la cobertura médica que le correspondería por parte del PAMI, justifica tener suficientemente configurado” el reclamo.
Como explicó Clarín, desde el inicio de la cuarentena y por la falta de atención al público, esos trámites claves no se podían iniciar porque debían realizarse en forma presencial en las delegaciones o UDAI de la ANSeS que estaban cerradas.
En los últimos días, y con turnos, comenzaron a atender al público en unas 40 delegaciones o UDAI en el interior del país sobre poco más de 400 que el organismo tiene en todo el país. En tanto, la semana pasada se dispuso que los trámites de jubilación, de pensiones, de Prestación por Desempleo y otorgamiento de poderes pueden iniciarse en forma virtual a través del sitio del organismo.