Se aprobó la ley de Suarez de boleta única y ahora los mendocinos tendrán que ir a votar más veces

Boleta unica

La Legislatura de Mendoza sancionó este miércoles la ley de Boleta Única provincial. La iniciativa contó con un amplio respaldo de las fuerzas políticas provinciales, aunque con algunas objeciones. De todas maneras, aún es un misterio si este sistema se utilizará en las próximas elecciones provinciales o municipales del 2023, ya que dependerá de la decisión del gobernador Rodolfo Suarez o los intendentes de desdoblar los comicios del calendario electoral nacional.

Aspectos de Boleta Única

Estará dividida en columnas y filas. Una columna de igual dimensión para cada agrupación política que cuente con listas de candidatos/as oficializadas.

Las columnas estarán separadas entre sí por una franja vertical continua de color, a fin de diferenciar nítidamente las agrupaciones políticas que participan del acto electoral.

Las filas se separarán con líneas grises continuas horizontales, para los diferentes tramos de cargos electivos.

Las columnas contendrán un casillero de fondo negro con letras blancas,  en el que se incluirá uno con fondo blanco, donde se inserte el símbolo partidaria o distintivo de la agrupación política, y el nombre de la agrupación, además del número de lista.

Asimismo fija que deberá contener un casillero en blanco junto con la leyenda “voto lista completa” para que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia por lista completa de candidatos, provinciales y municipales, en su caso.

También incluirá el apellido y nombre de los candidatos a gobernador y vice, en caso de corresponder; de los candidatos a Senadores Provinciales de la Sección Electoral correspondiente y la foto de los dos primeros candidatos. Se aplicará igual en los cargos de Diputados Provinciales; Intendentes y Concejales.

Todas las columnas también deben contener un casillero en blanco próximo a cada tramo de cargo electivo a efecto de que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia, siempre que no haya optado por lista completa.

En todos los casos, las listas completas de candidatos con sus respectivos suplentes deben ser publicadas en afiches o carteles de exhibición obligatoria que deben contener de manera visible y clara las listas de candidatos propuestos por las agrupaciones políticas que integran cada Boleta Única, los cuales deben estar oficializados, rubricados y sellados por la Junta Electoral.

La boleta única además tendrán en forma impresa la firma legalizada del presidente de la Junta Electoral y un casillero habilitado para que el presidente de mesa, junto con los fiscales acreditados, puedan firmar al momento de entregar la Boleta Única que correspondiere al elector, las instrucciones para la emisión del voto y la indicación gráfica de sus 4 pliegues de modo que al doblarse pase fácilmente por la ranura de la urna.