Coronavirus: Cornejo y Petri votaron en contra del convenio para comprar vacunas de Covid-19.

En el caso de los legisladores mendocinos de Juntos por el Cambio, esta vez la decisión fue dividida.

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La Cámara baja habilitó al Estado Nacional a firmar convenios para adquirir las vacunas contra el coronavirus. Entre los legisladores por Mendoza del bloque opositor se registraron claras diferencias de criterio.

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto que autoriza al Gobierno a comprar las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el coronavirus y a firmar convenios donde se podrá mantener la jurisdicción de tribunales extranjeros.

La iniciativa fue aprobada por 230 votos del Frente de Todos, los aportados por algunos integrantes de Juntos por el Cambio, el Interbloque Federal, el Interbloque Unidad Federal para el Desarrollo y el Movimiento Popular Neuquino.

En el caso de los legisladores mendocinos de Juntos por el Cambio, esta vez la decisión fue dividida: Alfredo Cornejo, Luis Petri y Jimena Latorre votaron en contra del proyecto, mientras que a favor -con abstención de un artículo- lo hicieron Claudia Najul, Omar de Marchi y Federico Zamarbide.

 Najul presentó una postura diferente a la de sus pares de la coalición. “Estamos institucionalizando requerimientos internacionales necesarios para garantizar el acceso oportuno a la vacuna contra el COVID 19. Son reglas de un mundo globalizado, con el que debemos vincularnos“, afirmó la exministra de Salud en el Gobierno de Cornejo.

Alcances

El proyecto declara de interés público “la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID en el marco de la emergencia sanitaria”. Los puntos principales de la iniciativa son:

  • Fija que “se podrá incluir en los contratos que celebre y en la documentación complementaria para la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19” ciertas especificaciones.
  • Permite “la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales arbitrales y judiciales con sede en el extranjero y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente respecto de los reclamos que se pudieren producir en dicha jurisdicción y con relación a tal adquisición”.
  • “En ningún caso la prórroga de jurisdicción podrá extenderse o comprender a terceros residentes en la República Argentina, sean personas humanas o jurídicas, quienes en todos los casos conservan su derecho de acudir a los tribunales locales o federales del país”, precisa el texto aprobado.
  • Fija que la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana no implicará renuncia alguna respecto de la inmunidad de la República Argentina con relación a la ejecución de cualquier bien perteneciente al dominio público localizado en el territorio nacional.
  • Se estableció que las vacunas deberán ser previamente autorizadas por la  Anmat y el Ministerio de Salud y analizada por la Comisión Nacional de Inmunización (CoNaIn).
  • Se faculta al Ministerio de Salud a generar cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial.
  • Se va eximir del IVA y de impuestos aduaneros a las vacunas contra el coronavirus.