Empezó la “fase 1” en Mendoza: qué se puede hacer y qué no hasta el martes

Por las próximas 37 horas, los mendocinos volveremos a la fase más dura de la cuarentena con la intención de reducir la movilidad y así evitar contagios por el Día del Estudiante.

Empezó la “fase 1” primaveral en Mendoza: qué se puede hacer y qué no hasta el martes

Lo que habían anunciado los ministros Víctor Ibáñez, Ana Nadal y Raúl Levrino, Gobierno, Salud y Seguridad, respectivamente, ya es oficial. Con el objetivo de reducir la circulación y evitar aglomeraciones por el clima primaveral además del Día del Estudiante, desde las 16 de este domingo la provincia volvió a la “fase 1” hasta el martes 22, a las 5:30 de la mañana.

Ya desde la mañana del sábado estaba prohibido todo tipo de actividad en espacios públicos al aire libre, plazas, parques, y espacios verdes, pero desde ahora se sumarán algunas restricciones que remontan al Decreto 297/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández el 19 de marzo, cuando el país entró en Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio. A lo que se suma un 40% de la frecuencia del transporte público durante los días domingo y lunes, para desalentar justamente los desplazamientos.

Muy poca frecuencia en el transporte público - Orlando Pelichotti / Los Andes

Así habrá restricción absoluta de circulación en el ámbito territorial de la Provincia de Mendoza, a excepción de as personas que deban circular en alguna situación de emergencia médica debidamente justificada, compra en farmacias, expendio de combustibles y actividades consideradas esenciales. También queda exceptuada la actividad de las personas afectadas a servicios de entrega a domicilio en el horario autorizado.

Habrá duras multas económicas para quienes no respeten el aislamiento.  -Orlando Pelichotti / Los Andes

El incumplimiento de las obligaciones y restricciones establecidas como consecuencia del estado de “alerta sanitaria” debidamente constatado por agente público provincial y/o municipal, será sancionado con multa de pesos diez mil ($ 10.000) a la persona infractora y pesos cincuenta mil ($ 50.000,00) al propietario del local y/o domicilio donde la misma se constatare. Alcanza esta sanción a las infracciones de lo mencionado anteriormente y a aquellas personas que circulen a partir de las 23,30 hasta las 05:30, a partir del presente decreto, incluido todos los días y mientras dure la vigencia de la alerta sanitaria.

Muy poca circulación en las calles céntricas - Orlando Pelichotti / Los Andes

Cafés y Restaurantes

Los restaurantes y cafés, podrán funcionar en modalidad presencial con un límite de cuatro (4) personas por mesa y siempre que las mismas estén dispuestas al aire libre. A tal fin podrán colocar mesas en espacios al aire libre debidamente habilitados por disposición de la autoridad competente, anterior a la fecha de emisión del presente decreto. No podrán habilitarse nuevos espacios a los ya otorgados. En caso de patios o espacios internos, habilitados a la fecha del presente, deberán demarcar adecuadamente las circulaciones para evitar el entrecruzamiento de clientes que ingresan o se retiran. Podrán funcionar, en todos los casos, bajo la modalidad de delivery y “pase y lleve”.

Cafés y restaurantes podrán seguir atendiendo con la modalidad "pase y lleve" y en mesas en espacios abiertos. - Orlando Pelichotti / Los Andes

Ingreso a la provincia

Todas las personas que ingresen al territorio provincial, por cualquier medio de transporte o vía de ingreso, deberán realizar un período de aislamiento obligatorio hasta completar diez (10) días desde su ingreso, o el plazo que la autoridad sanitaria disponga, el que deberá ser cumplido en los hoteles y/o alojamientos que a tal fin determine la autoridad competente.