Nuevas restricciones: cómo es el semáforo epidemiológico que define qué se puede hacer y qué no

El presidente de la nación informó que el país quedará dividido en cuatro categorías y dependiendo en cuál se encuentre cada jurisdicción deberán tomarse las restricciones correspondientes. En las zonas críticas habrá toque de queda sanitario a las 20 y clases virtuales. Los detalles.

FOTO: TELAM

Esta mañana el presidente Alberto Fernández informó medidas drásticas para mitigar la segunda ola de coronavirus en el país. El jefe del Ejecutivo Nacional señaló que habrá medidas diferenciadas dependiendo de la gravedad de la situación en cada jursidicción y dispuso un semáforo de restricciones. En los lugares más complicados, habrá toque de queda sanitario a las 20, los locales comerciales y gastronómicos cerrarán a las 19 y las clases serán virtuales. Mientras tanto, donde hay bajo riesgo sanitario, todo continuará como hasta hoy.

Las medidas estarán vigentes hasta el 21 de mayo y el presidente aseguró que apuntan a “disminuir los contagios y descomprimir lo más que se pueda el sistema de salud”. Las restricciones dependerán de la cantidad de casos que hay en la población, el aumento de contagios en los últimos días y la cantidad de camas UTI ocupadas.

En base a esos tres indicadores se elaboró un semáforo que distingue cuatro categorías:

Bajo Riesgo Epidemiológico: en las localidades donde los indicadores arrojen resultados positivos, todo continúa como hasta ahora.

Moderado Riesgo Epidemiológico: en estas localidades todo continúa como hasta hoy, pero los gobernadores e intendentes tienen la libertad de aumentar las restricciones vigentes para evitar que aumenten los contagios.

 Alto Riesgo Epidemiológico: en las localidades con alto riesgo epidemiológico se suspenden las reuniones sociales en domicilios particulares. Los casinos cierran sus puertas y los bares y restaurantes solo pueden funcionar hasta las 23. También se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.

Alarma Epidemiológica: en los lugares más complicados del país las actividades comerciales funcionarán hasta las 19 incluyendo a restaurantes que luego de esa hora solo podrán funcionar como delivery. Además, la atención en el local debe ser en espacios abiertos. La circulación en las calles estará prohibida entre las 20 y las 7 de la mañana y las clases serán exclusivamente virtuales. También cerrarían los shoppings y los deportes grupales.

Una por una las medidas

Vigencia: Desde el 1° de Mayo al 21 de Mayo, inclusive.    

Medidas para todo el país:

  • Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
  • Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas. 
  • Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

MEDIDAS PARA ZONAS DE RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO MEDIO

Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

MEDIDAS PARA ZONAS DE ALTO RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO

  • Reuniones sociales:  Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
  • Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas 
  • La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas 
  • Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. 
  • Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs 
  • Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
  • Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
  •  DISPOSICIONES LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCION: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

MEDIDAS PARA ZONAS DE ALERTA EPIDEMIOLOGICA Y SANITARIA

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS:

  •  Centros comerciales y shoppings.
  •  Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados. 
  •  Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
  •  Restricción en ámbito educativo.
  • Se suspenden las clases presenciales y las actividades  educativas no escolares presenciales en los todos los niveles. 💻
  •  DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales. 
  • Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. 
  • HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
  • PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
  • TRANSPORTE PUBLICO: solo para esenciales y autorizados.